La Ley Crea y Crece es, junto con VeriFactu, uno de los cambios normativos más importantes en materia de facturación de la última década en España. Si tienes un negocio y facturas a otras empresas o a autónomos, esta ley te obliga a emitir facturas en formato electrónico estructurado. En esta guía te explicamos todo lo que necesitas saber de forma clara y sin tecnicismos innecesarios.
¿Qué es la Ley Crea y Crece?
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, conocida popularmente como Ley Crea y Crece, es una norma de amplio alcance que busca simplificar la creación de empresas, reducir la morosidad y modernizar las relaciones comerciales en España.
Entre sus medidas estrella destaca la obligación de facturación electrónica en transacciones B2B (Business to Business, es decir, entre empresas y profesionales). La ley modifica la Ley 56/2007 de medidas de impulso de la sociedad de la información para introducir esta obligación, que ya existía en las relaciones con las Administraciones Públicas desde hace años a través del sistema FACe.
¿Cuál es el objetivo de la ley?
El principal objetivo de la obligación de factura electrónica es reducir la morosidad entre empresas. Una factura electrónica deja un rastro digital inequívoco de cuándo fue emitida, recibida y aceptada. Esto hace mucho más difícil que un deudor alegue que "no recibió la factura" o que "no sabe cuándo venció el plazo de pago". Además, la digitalización de las facturas facilita la gestión contable y reduce el riesgo de errores.
Una factura electrónica es aquella que se emite, transmite y recibe en formato electrónico estructurado (XML, PEPPOL BIS, etc.), de manera que puede ser procesada automáticamente por los sistemas del receptor. Un PDF enviado por correo electrónico, aunque sea digital, no es una factura electrónica en el sentido de la Ley Crea y Crece salvo que incluya firma electrónica cualificada en determinados supuestos.
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica?
La implantación de la factura electrónica B2B en España se está haciendo de forma escalonada, empezando por las empresas más grandes:
| Tipo de empresa | Volumen de facturación | Fecha de obligatoriedad |
|---|---|---|
| Grandes empresas | Superior a 8 millones €/año | Ya obligatorio (desde la publicación del reglamento) |
| Resto de empresas y autónomos | Igual o inferior a 8 millones €/año | Pendiente de aprobación del reglamento de desarrollo (previsto 2025-2026) |
Estado actual (mayo 2026): el reglamento de desarrollo que concretará los plazos para PYMES y autónomos aún estaba en fase de tramitación en el momento de redactar este artículo. Se esperaba su publicación en el BOE a lo largo de 2026. Te recomendamos estar atento a las novedades y prepararte con antelación para evitar sanciones.
¿Y las facturas a la Administración Pública?
Las facturas a organismos del sector público ya eran electrónicas obligatorias desde la Ley 25/2013. Si facturas a ayuntamientos, ministerios u organismos públicos, debes usar el sistema FACe o el punto de entrada de facturas electrónicas correspondiente, en formato Facturae XML firmado electrónicamente. Esto no cambia con la Ley Crea y Crece.
¿Las facturas a particulares están incluidas?
No. La obligación de la Ley Crea y Crece afecta exclusivamente a las relaciones B2B: empresas que facturan a otras empresas o a autónomos. Las facturas a consumidores finales (B2C) quedan fuera de esta obligación, aunque el consumidor puede solicitar la factura en formato electrónico si lo prefiere.
¿Qué formatos acepta la Ley?
La Ley Crea y Crece y su reglamento de desarrollo contemplan varios formatos de factura electrónica estructurada. Los más relevantes para el mercado español son:
Facturae XML (formato oficial español)
Es el formato desarrollado por el Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria española. Se trata de un archivo XML con una estructura definida que incluye todos los datos de la factura en campos etiquetados. La gran mayoría de software de facturación español lo soporta. Las facturas en Facturae deben ir firmadas electrónicamente con certificado digital reconocido.
PEPPOL BIS (estándar europeo)
PEPPOL (Pan-European Public Procurement OnLine) es el estándar de facturación electrónica más extendido en Europa. Permite el intercambio de facturas entre empresas de distintos países de la UE a través de la red PEPPOL. Es el formato de referencia para las operaciones con clientes o proveedores europeos y cada vez más solicitado por grandes compradores españoles.
PDF con firma electrónica cualificada
En determinados supuestos y por acuerdo entre las partes, se puede considerar válida una factura en formato PDF siempre que lleve una firma electrónica cualificada (certificado digital de persona jurídica o física reconocido por un prestador de servicios de confianza cualificado). Esta opción tiene más limitaciones y no es la recomendada para automatizar el proceso.
Para la mayoría de autónomos y PYMES españolas, el formato Facturae XML es la opción más práctica. Es el que usa la Administración Pública y el que tienen integrado la mayoría de gestorías y asesores fiscales. Si tienes clientes en el extranjero, añade soporte PEPPOL BIS.
Diferencia entre VeriFactu y factura electrónica B2B
Esta es una de las dudas más frecuentes. Aunque ambas normativas afectan a la facturación y son complementarias, son cosas distintas:
| Aspecto | VeriFactu | Factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) |
|---|---|---|
| ¿Qué regula? | Requisitos técnicos del software de facturación | Formato y canal de entrega de la factura entre empresas |
| Norma de referencia | Real Decreto 1007/2023 (Reglamento VERI*FACTU) | Ley 18/2022 (Ley Crea y Crece) y su reglamento de desarrollo |
| ¿Afecta al formato de la factura? | No directamente (exige QR y hash, no el formato XML) | Sí: obliga a usar XML estructurado (Facturae, PEPPOL) |
| ¿Afecta a facturas B2C? | Sí (cualquier software de facturación) | No (solo B2B entre empresas y profesionales) |
| Fecha de obligatoriedad | Enero 2026 (software nuevo) / Julio 2026 (software existente) | Ya para grandes empresas; pendiente reglamento para PYMES |
En la práctica, un buen software de facturación debe cumplir ambas normativas: tener integrado el sistema VeriFactu (hash, QR, integridad) y ser capaz de generar facturas electrónicas en formato Facturae o PEPPOL para las relaciones B2B.
Qué necesitas para cumplir la Ley Crea y Crece
Prepararse con antelación es clave para evitar sanciones y disfrutar de las ventajas de la digitalización. Estos son los pasos recomendados:
- Obtén un certificado digital si aún no tienes uno. Necesitarás un certificado de persona física o jurídica emitido por la FNMT u otro prestador de confianza para firmar tus facturas electrónicas.
- Elige software compatible con Facturae XML y, si tienes clientes europeos, con PEPPOL BIS. Asegúrate de que también cumple VeriFactu.
- Informa a tus clientes y proveedores: necesitarás conocer su dirección de buzón electrónico o su endpoint PEPPOL para enviarles facturas.
- Adapta tus procesos internos: la factura electrónica no es solo un formato diferente; implica también un proceso distinto de recepción, validación y contabilización de facturas de tus proveedores.
- Coordínate con tu asesor fiscal: tu gestoría o asesor necesitará acceder a tus facturas electrónicas para preparar los modelos trimestrales. Muchos softwares SaaS permiten dar acceso a terceros.
Genera facturas Facturae XML firmadas digitalmente, cumple VeriFactu y gestiona toda tu facturación desde un solo sitio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que usar una plataforma específica para enviar facturas electrónicas?
No existe una plataforma única obligatoria para B2B. Puedes enviar facturas electrónicas directamente entre sistemas compatibles o a través de plataformas acreditadas. Lo importante es que el formato sea el correcto (Facturae, PEPPOL) y que la factura esté firmada electrónicamente. Para clientes de la Administración Pública, sí debes usar FACe o el punto de entrada correspondiente.
¿Un autónomo que factura a otra empresa ya tiene esta obligación?
Las grandes empresas (más de 8M€ de facturación) ya están obligadas a emitir y recibir facturas electrónicas. Para el resto de autónomos y PYMES, el plazo definitivo depende del reglamento de desarrollo que estaba pendiente de publicación en el BOE en el momento de redactar este artículo. No obstante, es muy recomendable prepararse ya para evitar una transición apresurada.
¿Las facturas a clientes particulares deben ser electrónicas?
No. La Ley Crea y Crece obliga a la factura electrónica B2B (entre empresas y profesionales), no en las relaciones con consumidores finales. Las facturas a particulares pueden seguir siendo en papel o en PDF ordinario, a elección del emisor y del receptor.